| Ciudad de Puerto Natales. Fotografía magallanesdeportes.cl |
La Corte Suprema confirmó el fallo de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas y dejó sin efecto las sanciones aplicadas a un grupo de socios del Club Deportivo, Social y Cultural Esmeralda de Puerto Natales, tras determinar que la asamblea que resolvió los castigos fue convocada de manera irregular y vulneró derechos fundamentales.
En fallo dictado el 29 de enero de 2026, el máximo tribunal del país ratificó que la Asamblea General Extraordinaria del 25 de junio de 2025 fue realizada sin cumplir los estatutos del club, lo que invalida tanto la reunión como todas las decisiones adoptadas en ella, incluyendo la pérdida de calidad de socios.
Asamblea convocada por redes sociales
Tanto la Corte de Apelaciones como la Corte Suprema coincidieron en que el club no citó a los socios conforme a sus propios estatutos, los cuales exigen convocatoria mediante carta certificada, con al menos 15 días de anticipación, indicando tipo de asamblea, objetivos, fecha, hora y lugar.
Sin embargo, se acreditó que la citación se realizó principalmente por redes sociales y medios informales, lo que impidió que varios socios, especialmente adultos mayores, tomaran conocimiento oportuno de la reunión.
La Corte Suprema fue categórica al señalar que:
“Ni la celebración misma de la asamblea como ninguna de las actuaciones verificadas en ella puede estimarse válida”.
Sanciones sin debido proceso
En dicha asamblea se votaron sanciones que implicaron la pérdida inmediata de la calidad de socio para varios integrantes del club, entre ellos miembros de la Rama Social y Cultural.
Los tribunales establecieron que el procedimiento fue ilegal y arbitrario, ya que los afectados:
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No fueron debidamente notificados
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No pudieron ejercer su derecho a defensa
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No participaron en un proceso con garantías mínimas
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Fueron sancionados en una asamblea inválida
Por ello, se determinó que se vulneraron garantías constitucionales como:
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Igualdad ante la ley
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Debido proceso
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Derecho de propiedad (respecto a la calidad de socio)
Corte Suprema ratifica y cierra el conflicto judicial
La Corte Suprema confirmó íntegramente el fallo de primera instancia, ordenando:
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Dejar sin efecto todas las sanciones
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Restituir la calidad de socios a los afectados
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Invalidar las decisiones tomadas en la asamblea del 25 de junio de 2025
Eso sí, el fallo deja abierta la posibilidad de que el club pueda iniciar un nuevo proceso disciplinario, pero solo si se realiza con estricto apego a los estatutos.
Golpe institucional para el Club Esmeralda
Este doble revés judicial representa un duro golpe institucional para la directiva del Club Esmeralda, ya que los tribunales concluyeron que actuó fuera de la legalidad estatutaria, debilitando la validez de sus procedimientos internos.
El caso también marca un precedente relevante para organizaciones deportivas y sociales de la región, recordando que incluso en entidades privadas, los estatutos y el debido proceso son obligatorios.