"Rumbo a Sudáfrica 2010".
Televisión Nacional de Chile (TVN), dueña de los derechos para Chile de la transmisión del Mundial de Sudáfrica 2010, aclaró que no cobrará un porcentaje a los recintos comerciales que exhiban los encuentros siempre y cuando no cobren entrada y tampoco asocien marcas al evento.
Por es la estación pública acara que: TVN tiene los derechos exclusivos en Chile para la transmisión del Mundial de Sudáfrica 2010 en todas sus plataformas y sublicenció los derechos de radio a ADN, Cooperativa, Bío Bío y Agricultura y los de televisión de pago a DIRECTV.
Adicionalmente a los derechos antes mencionados existen otros usos de la señal que son susceptibles de pago de derechos a FIFA, uno de los cuales es el derecho de exhibición pública. Este comprende toda exhibición de la señal de los partidos del mundial de fútbol a una audiencia que se encuentra en un recinto no residencial - sean estos abiertos o cerrados - tales como bares, pubs, restoranes, estadios, hoteles, cines, colegios , universidades, buses, trenes, etc.
Las regulaciones de FIFA establecen que el usuario de la señal le debe cancelar el derecho de ejecución pública comercial cuando se dan los siguientes criterios:
1.- Un evento que cobra directa o indirectamente una entrada para ver la señal.
2.- Cuando hay auspicios o asociaciones de marcas comerciales al evento.
3.- En general cuando hay un beneficio comercial asociado a la realización del evento. Ahmedabad
Televisión Nacional de Chile (TVN), dueña de los derechos para Chile de la transmisión del Mundial de Sudáfrica 2010, aclaró que no cobrará un porcentaje a los recintos comerciales que exhiban los encuentros siempre y cuando no cobren entrada y tampoco asocien marcas al evento.
Por es la estación pública acara que: TVN tiene los derechos exclusivos en Chile para la transmisión del Mundial de Sudáfrica 2010 en todas sus plataformas y sublicenció los derechos de radio a ADN, Cooperativa, Bío Bío y Agricultura y los de televisión de pago a DIRECTV.
Adicionalmente a los derechos antes mencionados existen otros usos de la señal que son susceptibles de pago de derechos a FIFA, uno de los cuales es el derecho de exhibición pública. Este comprende toda exhibición de la señal de los partidos del mundial de fútbol a una audiencia que se encuentra en un recinto no residencial - sean estos abiertos o cerrados - tales como bares, pubs, restoranes, estadios, hoteles, cines, colegios , universidades, buses, trenes, etc.
Las regulaciones de FIFA establecen que el usuario de la señal le debe cancelar el derecho de ejecución pública comercial cuando se dan los siguientes criterios:
1.- Un evento que cobra directa o indirectamente una entrada para ver la señal.
2.- Cuando hay auspicios o asociaciones de marcas comerciales al evento.
3.- En general cuando hay un beneficio comercial asociado a la realización del evento. Ahmedabad